• Centenario de la Aviación Naval Mexicana

    Centenario de la Aviación Naval Mexicana0

    Redacción. – La Secretaría de Marina (MARINA) declaró la instauración del 15 de marzo como «Día de la Aviación Naval», una nueva efeméride institucional con la que busca reconocer el papel estratégico de su componente aeronaval en las operaciones de vigilancia, intercepción y seguridad marítima. La declaratoria, próxima a su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece que cada año esa fecha será destinada a destacar la evolución y capacidades de las aeronaves de la Armada de México, consideradas uno de los pilares para el control del espacio marítimo nacional. La fecha elegida coincide con el origen histórico de la Aviación Naval mexicana, que se remonta al 15 de marzo de 1926, cuando se creó el Cuerpo de Hidroaviones de la Marina de Guerra, antecedente directo de las actuales unidades aéreas de la Armada. El centenario de la Aviación Naval de la Armada de México se conmemora oficialmente el 15 de marzo de 2026. Históricamente la Aviación Naval Mexicana tuvo su origen el 15 de marzo de 1926, cuando en la Ley Orgánica del Ejército y Armada Nacionales, en el Artículo 55 Párrafo VII se establece el “Cuerpo de Hidroaviones” Un año después, se graduó el primer Piloto Aviador Naval mexicano en Estados Unidos. Durante esos años, varios Oficiales de la Armada de México efectuaron cursos de piloto y son quienes formaron el pie veterano de la aviación en México. El 8 de octubre de 1933, se creó el Departamento de Aeronáutica, dependiente de la entonces Secretaría de Guerra y Marina, y con él, un Reglamento de Organización y Funcionamiento de las unidades; quedando integrado con las siguientes áreas: Servicio de Campo, Circulación Aérea, Taller de Construcción y Reparación. Al llevarse a efecto la separación del Ejército y la Armada en el año de 1939, desaparece el Cuerpo de Hidroaviones y se forma el Cuerpo de Aeronáutica Naval, formalizándose en el Reglamento Interior de la Secretaría de Marina, expedido en el Diario Oficial del 15 de marzo de 1941. En 1952 la Ley Orgánica de la Armada de México establece la creación del Departamento de Aeronáutica dentro de la Armada de México. Veinte años después, la Ley Orgánica de la Armada de México de 1972 eleva este departamento a la categoría de Dirección de Aeronáutica Naval; asimismo desaparece el Cuerpo de Aeronáutica Naval y lo convierte en una especialidad de los cuerpos: General, Ingenieros Mecánicos Navales y de Infantería de Marina. El 26 de diciembre de 1984 la nueva Ley Orgánica de la Armada de México, eleva a la categoría de Dirección General a la entonces Dirección de Aeronáutica Naval, además vuelve a crear el Cuerpo de Aeronáutica Naval. Para el 24 de febrero de 1993 la Dirección General de Aeronáutica Naval, se incorpora a la estructura orgánica de la nueva figura de la Dirección General de Armas Navales, quedando como dirección de área con el nombre de Dirección de Materiales de Unidades Aeronavales. La Ley Orgánica de 1993 desaparece nuevamente el Cuerpo de Aeronáutica Naval y es la Ley Orgánica de 1995 la que constituye para el Cuerpo General la especialidad de aeronáutica naval. Mediante Acuerdo Secretarial Número 052 de fecha 20 de marzo de 2001, se crea la Comandancia de Aeronáutica Naval, con Mando y Estado Mayor, dependiente del Estado Mayor General de la Armada.  En el Acuerdo Secretarial Número 049 del 16 de marzo del 2003, con fecha 20 de abril de 2003, se desincorpora del Estado Mayor General de la Armada y se constituye como dirección de área denominada Dirección de Mantenimiento a Unidades Aeronavales, dependiente la Dirección General Adjunta de Ingeniería y Mantenimiento. Mediante Acuerdo Secretarial Número 092 de fecha 1 de junio de 2005, se eleva a Dirección General Adjunta de Aeronáutica Naval, dependiendo de la Dirección General de Servicios, con la misión de proporcionar los apoyos técnicos y logísticos necesarios para mantener las aeronaves, sus armas y sensores en condiciones operativas. Con fecha 16 de marzo de 2008, se le autoriza una nueva estructura orgánica y ocupacional de puestos a la Dirección General Adjunta de Aeronáutica Naval, donde se incorpora a la Dirección de Control de la Información de la Aeronáutica Naval (DCIAN), que consta de 32 puestos para su funcionalidad. En Acuerdo Secretarial Número 143 de fecha 15 de septiembre del 2014 se comunica que con fecha 1° de octubre del mismo año, la Dirección General Adjunta de Aeronáutica Naval, cambia a “Coordinadora General de Aeronáutica Naval”, que será un órgano técnico-administrativo dependiente orgánica, operativa y administrativamente del Estado Mayor General de la Armada. Mediante Oficio Número 3C.0577/14 de fecha 9 de septiembre del 2014 girado por la Oficialía Mayor, se comunican las estructuras orgánica y ocupacional y el organigrama de los puestos-plazas autorizados a partir del 1° de octubre del mismo año, por cambio de denominación. Mediante Oficio Número R. 3C.- 0189/19 de fecha 26 de junio de 2019, girado por la Oficialía Mayor se comunican las estructuras orgánicas y ocupacionales, así como los organigramas de los puestos – plaza autorizados a partir del 1° de julio de 2019 a la Coordinadora General de Aeronáutica Naval. En Acuerdo Secretarial Número 095/2023 de fecha 01 de marzo del 2023 se comunica que con citada fecha la Coordinadora General de Aeronáutica Naval, cambia de denominación a Unidad de Aeronáutica Naval, continuando como un órgano técnico-administrativo dependiente orgánica, operativa y administrativamente del Estado Mayor General de la Armada. La Armada de México cuenta con una flota aeronaval integrada por 138 aparatos, de los cuales 65 son de ala móvil (helicópteros) y 75 de ala fija (aviones). De estos, trece son T-6C+ Texan II que pueden ser artillados con ametralladoras Vulcan 134, de Dillon Aero, calibre 7.62 milímetros, cumpliendo misiones de apoyo aéreo cercano e intercepción marítima y terrestre.

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  • Cuáles son las aeronaves que se incorporaran a la flota aeronaval mexicana

    Cuáles son las aeronaves que se incorporaran a la flota aeronaval mexicana0

    Para atender la problemática y/o necesidad que se tiene de contar con aeronaves para  misiones de operaciones aeronavales de: Ambulancia aérea, Apoyo a la población civil, Búsqueda y Rescate, Vigilancia y Transporte Logístico, entre otros, la Armada de México  realizó un estudio de mercado, comparando las características técnicas y los costos de inversión, operación y mantenimiento, de las Aeronaves y de acuerdo al Análisis de Factibilidad Técnica, se seleccionó adquirir las aeronaves que se describen a continuación: CESSNA GRAND CARAVAN EX El avión Cessna Grand Caravan EX, con 1602 kgs es rentable, comparado en capacidad al King Air 350 y al CN-235, pues su capacidad de carga útil en comparación a las demás aeronaves con respecto a sus performances resulta la mejor opción a emplear.   El Avión Cessna Grand Caravan EX está propulsado por un motor Pratt and Whitney PT6A-140 que es capaz de producir 433 hp (caballos de fuerza en el eje), con velocidad constante y desvanecimiento automático. El Grand Caravan EX puede despegar de una pista de aterrizaje de solo 4,057 ft (1,237 m) y aterrizar en 2,981 ft (909 m). Además, la aeronave es capaz de navegar una distancia máxima de 912 nm (1,689 km) sin necesidad de repostar. Cuando está en crucero, la aeronave puede volar a una velocidad máxima de crucero de 185 kt (343 km/h) a una altitud máxima de 25,000 ft (7,620 m). Tiene sistema de control de vuelo automático mejorado que agrega estabilidad y protección electrónica (Electronic Stability and Protection, ESP), protección contra baja velocidad (Underspeed Protection, USP), modo de descenso de emergencia (Emergency Descent Mode, EDM), función de autonivelación, aterrizaje frustrado acoplado, activación del piloto automático y mayor participación de la envolvente al sistema de control de vuelo automático estándar. La Armada de México opera al menos un ejemplar de esta aeronave para misiones de Transporte y enlace. HELICÓPTERO BELL 412 El Bell 412, es un helicóptero mediano, biturbina, de propósitos múltiples.  Dependiendo de la configuración utilizada, esta aeronave es especialmente apta para trasladar pacientes con cuidados de alta complejidad, efectuar rescates en zonas montañosas o áreas de imposible acceso terrestre. También puede trasladar carga para asistencia humanitaria o transportar pasajeros, e inclusive en una configuración especial realiza tareas de lucha contra incendios forestales. Estos cambios de configuración se realizan en pocos minutos, lo que les da a las operaciones una gran flexibilidad y hace del Bell 412 una aeronave extremadamente versátil. Esta aeronave posee la capacidad para vuelo por instrumentos, cuando las condiciones meteorológicas se tornan desfavorables y está certificado para volar en condiciones meteorológicas instrumentales con dos o también con un solo Piloto. En cuanto a su autonomía de vuelo, esta puede extenderse mediante el agregado de un tanque de combustible externo, el cual, aerodinámicamente conformado, no le resta performances y le permiten volar sin detenerse hasta 04:00 horas; algo muy importante considerando las operaciones mar adentro. Con una velocidad máxima de 259 km/h tiene un radio de acción suficiente para operaciones navales. La configuración de ambulancia aérea le permite trasladar en un mismo vuelo a dos pacientes, con las mismas características de monitoreo y asistencia que pudieran recibir en una Unidad de Terapia Intensiva Hospitalaria. Si se trata de la lucha contra incendios forestales, el Bell 412 es equipado con un tanque ventral con capacidad de hasta 1400 litros de agua y agentes retardantes. Este tipo de helicóptero es operado militarmente en México por la Fuerza Aérea Mexicana HELICÓPTERO BELL 505 JR-X En el ámbito aeronáutico internacional, el Bell 505 es el helicóptero monomotor ligero corto de última generación, está propulsado por el motor Arrius 2R de Safran Helicopter Engines (HE) que cuenta con un control de motor de control digital de motor de autoridad total (FADEC) de dos canales, el primero en su clase, con un tanque de combustible de turbosina con la capacidad de 321 litros, ofreciendo un rendimiento excepcional a velocidad de crucero de 125 nudos. Así misma cuenta con el primer sistema de aviónica Garmin G1000H NXi totalmente integrado para reducir en gran medida la carga de trabajo del piloto, lo que mejora el conocimiento de la situación y la seguridad. La confiabilidad, la velocidad, el rendimiento y la maniobrabilidad del helicóptero Bell 505 se integran con una cabina de carga espaciosa para transportar hasta cuatro pasajeros o se puede configurar para una amplia variedad de misiones de carga útil interna de hasta 305 kg. Así mismo tiene una capacidad de carga externa de hasta 907 kg. El Bell 505 es el producto perfecto para las operaciones aeronavales de la Armada de México debido a su gran potencia y versatilidad para cumplir con una amplia gama de misiones. Como resultado del análisis de las aeronaves antes mencionadas, se determinó que cumplen con los requerimientos que necesita la Armada de México para las operaciones aeronavales. Los plazos de entrega de aeronaves nuevas dependen de su demanda a nivel mundial y estos van de meses a varios años; por ello se determinó la conveniencia de la adquisición de activos modernos, con entregas a corto plazo, para estar en condiciones de atender la demanda de la institución de manera segura y oportuna, así mismo, es importante destacar que el costo de adquisición de un bien nuevo es significativamente redituable y que cumple con los principios de eficiencia, eficacia y economía en el ejercicio del gasto público. De acuerdo a lo estipulado en los Lineamientos para la presentación y elaboración de los análisis costo‐beneficio de programas y proyectos de inversión en vigor, emitidos por la  Unidad de Inversiones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, éste proyecto se  clasifica como “Programa de Inversión de Adquisiciones”, toda vez que se considera la  Adquisición de 20 Aeronaves, para ejecutar Servicios de: Ambulancia, Apoyo a Población Civil, Búsqueda y Rescate, Vigilancia y Transporte Logístico, entre otros; a fin de estar en  posibilidades de responder en forma inmediata a las atribuciones de la Secretaría de  Marina, las cuales tiene como finalidad fortalecer y eficientar las operaciones navales con el

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